C2 Cuotas
C2.1
Toda cuota es pagadera a CLEI, en la manera que el Tesorero lo determine.
C2.2
La cuota de ingreso de un nuevo miembro se paga durante el año en que ha sido aceptado por el Comité Directivo. Debe ser pagada antes del 1 de enero del año siguiente en que fue aceptado su ingreso.
El monto de la cuota de ingreso es de US$200.
C2.3
La cuota de mantenimiento ordinaria de un miembro debe ser pagada a CLEI anualmente. Para efectos contables, las cuotas ordinarias se denominan con el año en que deben ser pagadas y esto debe suceder antes de que dicho año finalice.
El monto de la cuota de mantenimiento ordinaria es de US$200.
C2.4
Los miembros se obligan a pagar cuotas extraordinarias en la oportunidad y en los montos que sean decididos en reuniones de Asamblea.
 
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