F5 Autoridades
F5.1CLEI es dirigido por el Comité Directivo, conformado por el Comité Ejecutivo y representantes de cada uno de los países que tengan miembros activos. Los miembros extrarregionales tienen un representante en el Comité Directivo. El Presidente del CLEI que haya ejercido está función inmediatamente antes del Presidente actual (cf. F5.3) se denomina Presidente Anterior y forma parte, también del Comité Directivo.
F5.2El Comité Directivo tiene un período de dos años.
F5.3El Comité Ejecutivo está conformado por el Presidente, el Secretario y el Tesorero del CLEI. Su vigencia está limitada por la del Comité Directivo que lo elige (cf. F5.5).
F5.4Dentro de una reunión ordinaria de Asamblea en la que deba tener lugar la elección de Comité Directivo, los miembros activos asistentes por cada país a la Asamblea eligen su representante y un suplente del mismo. Los miembros extrarregionales activos presentes eligen también su representante y suplente. No es obligatorio que cada representante y suplente esté presente en la reunión. Sin embargo, de no estarlo, deberá existir una comunicación firmada por la persona aceptando su eventual elección.
F5.5En su primera sesión, el Comité Directivo elegido por la Asamblea escoge, por mayoría absoluta, quiénes de los representantes deberán cumplir las funciones de Presidente, Secretario y Tesorero, conformando el Comité Ejecutivo. El representante extrarregional no puede ejercer ninguno de estos cargos. Los suplentes del Presidente y del Secretario elegidos entran a formar parte del Comité Directivo como representantes de sus respectivos países. Deberán escogerse suplentes adicionales correspondientes, y comunicar sus nombres al Comité Directivo a la mayor brevedad posible.
F5.6El suplente reemplaza al representante de país en la totalidad de sus funciones, en el evento de que el titular renuncie al cargo o esté incapacitado para ejercerlo temporalmente. El reemplazo debe ser comunicado al Comité Ejecutivo, por el representante original, excepto en casos de fuerza mayor. Al reemplazar al representante original, el suplente se convierte en el nuevo representante del país. Si la sustitución es temporal, el representante original puede reasumir sus funciones, previa comunicación al Comité Ejecutivo, por parte del representante actual. En este caso, este último regresa a su condición original de suplente. Si la sustitución es debida a la renuncia del representante original, no se nombrará un nuevo suplente. Si hay una segunda renuncia o incapacidad para ejercer el cargo, el país quedará sin representante en el Comité Directivo hasta la próxima elección.
F5.7El Secretario asume las funciones de Presidente, denominándose Presidente Encargado, en caso de que el Presidente renuncie o esté incapacitado para ejercer el cargo temporalmente. El reemplazo debe ser comunicado al Comité Directivo, por el Presidente, excepto en casos de fuerza mayor. Si la sustitución es temporal, el Presidente original puede reasumir sus funciones, previa comunicación al Comité Directivo, por parte del Presidente Encargado. En este caso, este último regresa a su condición original de Secretario.
F5.8Si el Secretario (Tesorero) renuncia o está incapacitado para ejercer el cargo temporalmente, el Presidente designará, dentro del Comité Directivo, un reemplazo ad-hoc.
F5.9El Comité Directivo puede sesionar para tomar decisiones con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros. Una sesión pueden ser presencial o virtual y es coordinada por el Comité Ejecutivo, a menos que se decida otra cosa. El Secretario, o en su defecto, quien sea designado, elabora el acta de la reunión. La siguiente reunión debe comenzar con la aprobación del acta de la anterior reunión de asamblea.
F5.10Las decisiones que se acuerdan en sesiones del Comité Directivo se adoptan por mayoría absoluta de los participantes.